Según el reglamento del Servicio de Asistencia Jurídica, Económica y Técnica a Municipios la asistencia económica abarcará los siguientes supuestos:
a) Cualquier asesoramiento en materia de haciendas locales, gestión económico-financiera y presupuestaria, ordenanzas fiscales, indicadores de gestión económica, contabilidad, tesorería, recaudación y orientación en materia de subvenciones.
b) La concesión de subvenciones y ayudas económicas previstas en los diferentes planes o normas aprobadas por la Diputación y gestionadas por este Servicio